retirada del permiso

La retirada del permiso de conducir del conductor profesional

Relación pérdida de puntos y retirada del permiso de conducir.

El titular del permiso de conducir puede ver reducido el número de puntos de su permiso de conducir  asignados inicialmente por cada sanción firme en vía administrativa que se le imponga por la comisión de infracciones graves o muy graves que lleven aparejada la pérdida de puntos, de acuerdo con el baremo establecidos en los anexos II y IV del Texto Refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Puede ocurrir que pierda todos los puntos inicialmente asignados, en cuyo caso tendrá que obtener un nuevo permiso de conducir. En este caso, no podrá conducir hasta que no lo obtenga. También, puede darse el supuesto que se cometa una infracción que implique la retirada del permiso de conducir durante un tiempo. Por ejemplo, la conducción con una  tasa de alcohol en aire espirado  superior a 0,60 miligramos por litro o bien cuando el conductor circulara bajo la influencia de drogas ( independiente del nivel o grado ). En este caso , siempre lleva anexa  la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

En un post anterior: el permiso por puntos, pérdida y recuperación, analizamos ampliamente las infracciones que además de la sanción económica ( multa )  conllevan pérdida de puntos. Es importante destacar el límite de puntos a detraer en un sólo día por acumulación de infracciones ( 8 puntos ) establecido en el Texto Refundido de la Ley de Tráfico, con la excepción prevista de la concurrencia de alguna de las infracciones muy graves del art. 77 apartados a), c), d), e), f), g), h) e i), en cuyo caso se perderá el número total de puntos que corresponda.

Aquí vamos a centrarnos en la problemática de la retirada del permiso del conductor profesional

El conductor profesional

La pérdida total de puntos y la retirada del permiso de conducción del conductor profesional tiene especial incidencia. Supone un grave perjuicio económico al constituir  la conducción de los vehículos a motor su actividad profesional y por tanto, su medio de vida.

Es importante controlar en todo momento el crédito de puntos de que se dispone. La DGT facilita esta información a través de su sede electrónica.  El conductor profesional, titular de un permiso de conducción que haya perdido un parte del crédito inicial de puntos asignado, podrá optar a su recuperación parcial, hasta un máximo de 6 puntos,  realizando y superando con aprovechamiento un curso de sensibilización y reeducación vial, que podrá realizar máximo una vez al año. No hay que olvidar infracciones que llevan aneja la pérdida de 6 puntos y que son muy frecuentes entre los conductores profesionales ( por ejemplo,  aumentar en más del 50% los tiempos de conducción o minorar en más del 50% los tiempos de descanso previstos en la LOTT )

Hay que evitar la total extinción de los puntos inicialmente asignado. Ello implicaría la imposibilidad de conducir vehículos a motor hasta la obtención de un nuevo permiso de conducir. Otro supuesto de gravedad, aunque no menos frecuente, es la conducción con tasas de alcohol en aire espirado  superior a 0,60 miligramos por litro o bien bajo la influencia de drogas en el organismo, que lleva implícita la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Aseguramiento de la retirada del permiso de conducir

El transportista ( autónomo ), como conductor profesional, puede contratar un seguro que le garantice la percepción de un salario durante un tiempo determinado ( variable según coste de la prima de la póliza ) para el caso de la privación del permiso de conducir.

Para los conductores profesionales  asalariados también prevén los convenios colectivos del transporte de mercancías por carretera este aseguramiento para casos de retirada del permiso de conducir por disposición de la Autoridad administrativa o judicial, como consecuencia de conducir un vehículo por cuenta y orden de la empresa .

Al ser los convenios de carácter provincial, no hay un criterio único. En unos casos, el seguro es obligatorio y corre a cargo de la empresa. En otros, el coste de la prima es compartido por la empresa y por el trabajador. A veces, es potestativo de la empresa el concertar el seguro o reubicar al trabajador en otro trabajo o actividad dentro de la empresa.

Estos seguros garantizan la percepción de salario durante 1 año como regla general a partir de la privación del permiso. En determinados convenios, si la privación es por tiempo superior a 1 año, sobre dicho exceso, se podrá producir la suspensión temporal del contrato de trabajo por dicho periodo, incorporándose el trabajador a la empresa al término de la privación.

Por otra parte, en supuestos de reincidencia, es potestativo y facultad de la empresa la reincorporación del trabajador. Otros convenios provinciales excluyen de este aseguramiento los supuestos de retirada por la ingestión de bebidas alcohólicas o consumo de estimulantes o estupefacientes, así como cualquier supuestos constitutivo de infracción penal. Otros, por el contrario, no establecen exclusiones.

retirada del permiso

 

 

,
Entrada anterior
El permiso por puntos. Pérdida y recuperación
Entrada siguiente
Controles prenavideños para detección alcohol y drogas en la conducción

2 Comentarios. Dejar nuevo

  • Richard cristian yauri
    13 abril, 2018 10:02 pm

    hola queria hacer una consulta soy autonomo reparto muebles soy transportista eso se concidera conductor profesional queria saber hace unos 8 meces ice una recuperacion de puntos pero sin dar el examen cuanto tiempo me.tengo que esperar para examinarme nuevamente por que acabo de perder los puntos aora mismo espero que me llegue la notificacion que me e quedado sin puntos me podrias ayudar seria la segunda vez que hago la recuperacion de puntos

    Responder
    • Hola Richard. Muchas gracias por seguir nuestros artículos. Una vez constatada la pérdida total de los puntos que tuviera asignados, la Administración, en el plazo de quince días, notificará al interesado el acuerdo por el que se declara la pérdida de vigencia de su permiso o licencia de conducción. En este caso, su titular no podrá obtener un nuevo permiso o una nueva licencia de conducción hasta transcurridos seis meses desde la notificación del acuerdo. Este plazo se reducirá a tres meses en el caso de conductores profesionales.
      Si durante los tres años siguientes a la obtención del nuevo permiso o licencia de conducción fuera acordada su pérdida de vigencia por haber perdido nuevamente la totalidad de los puntos asignados, no se podrá obtener un nuevo permiso o licencia de conducción hasta transcurridos doce meses desde la notificación del acuerdo. Este plazo se reducirá a seis meses en el caso de conductores profesionales.
      El titular de un permiso o licencia de conducción cuya pérdida de vigencia haya sido declarada como consecuencia de la pérdida total de los puntos asignados podrá obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular, transcurridos los plazos señalados en el apartado anterior, previa realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial y posterior superación de las pruebas que reglamentariamente se determinen.
      Saludos cordiales,

      Responder

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Rellena este campo
Rellena este campo
Por favor, introduce una dirección de correo electrónico válida.
Tienes que aprobar los términos para continuar