El martes, 31 de julio, se ha publicado en el B.O.E. una modificación que afecta al color de la señal luminosa de los vehículos prioritarios (policía, bomberos, ambulancias, protección civil, etc.)
El anexo XI del Reglamento General de Vehículos regula la señal V-1 de vehículo prioritario y establece que su utilización indica la prestación de un servicio de policía, extinción de incendios, protección civil y salvamento, o de asistencia sanitaria, en servicio urgente. En la actualidad el color de esta señal luminosa es azul para los vehículos de policía y amarillo auto para el resto de los vehículos prioritarios.
Tras la Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, por la que se modifica el Reglamento General de Vehículos, todos los vehículos prioritarios matriculados desde el 1 de agosto de 2018 deberán llevar un dispositivo luminoso, con una o varias luces, de color azul, homologadas conforme al Reglamento CEPE/ONU número 65.
Los titulares de los vehículos matriculados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden dispondrán de un plazo de dos años para adecuar la señal luminosa de color azul al vehículo prioritario.
De esta manera, el color amarillo auto quedará reservado para los dispositivos luminosos de los siguientes vehículos:
La modificación de la señal V-1 de vehículo prioritario del anexo XI del Reglamento General de Vehículos contribuirá a mejorar la seguridad vial. Los usuarios de las vías públicas podrán reconocer por el color azul de las luces de los dispositivos luminosos que se trata de un vehículo prioritario y que, en consecuencia, tiene preferencia de paso. Con esta medida se equipara nuestra normativa con la existente en la mayoría de los países de Europa, sobre todo con los de nuestro entorno, que ya tienen previsto el color azul para los vehículos prioritarios.
Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, por la que se modifica el Reglamento General de Vehículos. Publicada en el B.O.E. de 31 de julio de 2018.
Esta modificación entra en vigor el 1 de agosto de 2018 para los vehículos prioritarios matriculados a partir de dicha fecha. Para los ya matriculados con anterioridad a 1 de agosto de 2018, será obligatorio el 1 de agosto de 2020.
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