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Multas por exceso de velocidad en la conducción

7 julio, 2016Épicalegis

El exceso de velocidad es una sanción habitual, tanto en las carreteras españolas como en las ciudades. A pesar de los controles por radar y otras detecciones puntuales y periódicas, los conductores siguen superando los límites de velocidad con demasiada frecuencia y con el consecuente peligro, tanto para ellos como para el resto de usuarios de la vía.

El conductor de un vehículo está obligado a respetar los límites de velocidad establecidos. Debe tener en cuenta, además, sus propias condiciones físicas y psíquicas, las características y el estado de la vía, del vehículo y de su carga, las condiciones meteorológicas, ambientales y de circulación y, en general, cuantas circunstancias concurran en cada momento. Todo ello con la finalidad de adecuar la velocidad de su vehículo a las mismas, de manera que siempre pueda detenerlo dentro de los límites de su campo de visión y ante cualquier obstáculo que pueda presentarse.exceso de velocidad

Las velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos serán las fijadas de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se determinen, con carácter general, para los conductores, los vehículos y las vías objeto de esta ley, en función de sus propias características. Los lugares con prohibiciones u obligaciones específicas de velocidad serán señalizados, con carácter permanente o temporal. En defecto de señalización específica se cumplirá la genérica establecida para cada vía.

Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales, excepto travesías, podrán ser rebasadas en 20 km/h por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas.

Qué sanción puede implicar el exceso de velocidad ?

Las infracciones por exceso de velocidad pueden ser graves o muy graves. Son sancionadas de conformidad con lo establecido en el anexo IV del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, según el exceso de velocidad captado por el cinemómetro, será sancionado con multa, o con multa y pérdida de puntos, según los casos. Así:exceso de velocidad

  • multa de 100 euros.
  • 300 euros y pérdida de 2 puntos
  • 400 euros y pérdida de 4 puntos
  • 500 euros y pérdida de 6 puntos
  • 600 euros y pérdida de 6 puntos ( muy graves )

Cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad actualizado.

El Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial contempla en su Anexo IV el cuadro de sanciones y puntos por exceso de velocidad.

Puedes consultar cada caso concreto en el cuadro-de-sanciones-y-puntos-por-exceso-de-velocidad

Así, por ejemplo, con una limitación de velocidad de 100 Km/h, si el vehículo es captado por el cinemómetro circulando de 101 a 130 km/h, será sancionada con multa de 100 euros.

En el mismo supuesto si fuera captado circulando de 131 a 150 km/h, implicaría multa de 300 euros y pérdida de 2 puntos. Si fuera circulando de 151 a 160 km/h, conllevaría multa de 400 euros y 4 puntos. De 161 a 170 km/h, supondría multa de 500 euros y 6 puntos. Y si circulara a 171 km/h, 600 euros y pérdida de 6 puntos.

En el siguiente enlace te explicamos cómo recurrimos las multas de tráfico.

La mejor opción ante la notificación de una multa por exceso de velocidad  es ponerse  en contacto con un experto en  la materia a fin de afrontar la misma de la manera más profesional, rápida, y eficiente. En ÉPICALEGIS ABOGADOS estamos especializados en la defensa de expedientes sancionadores en materia de tráfico y transportes y estaremos encantados de poder ayudarle y contar con su confianza. Contacta ahora a través de nuestro correo electrónico. Te atenderemos de inmediato.

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