tiempos de conducción y descanso

Multas relativas a los tiempos de conducción y descanso

El incumplimiento de los tiempos de conducción y descanso constituye una infracción administrativa prevista y sancionada en la LOTT. Es una de las de mayor incidencia en el sector del transporte de viajeros y mercancías por carretera.

Según la gravedad, se clasifican en infracciones leves, graves o muy graves. Las multas oscilan entre los 100 euros hasta los 2.000 euros. En los supuestos más graves, conlleva la pérdida de la honorabilidad durante 1 año.

Cuáles son las infracciones muy graves por no respetar los tiempos de conducción y descanso ?

Son Infracciones muy graves ( art. 140.37 LOTT ):

  1. El exceso igual o superior al 50% en los tiempos máximos de conducción diaria, sí como la disminución de los descansos diarios por debajo de cuatro horas y media.
  2. El exceso igual o superior al 25% en los tiempos máximos de conducción semanal o bisemanal.
  3. El exceso superior a dos horas en los tiempos máximos de conducción diaria salvo que deba calificarse conforme al punto primero.
  4. La conducción durante más de seis horas sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas.
  5. La disminución del descanso diario normal en más de dos horas y media o del reducido o fraccionado en más de dos horas, incluso cuando se realice la conducción en equipo, salvo que deba calificarse conforme al punto primero.
  6. La disminución del descanso semanal normal en más de nueve horas o del reducido en más de cuatro horas.

La sanción: multa de 1.001 a 2.000 euros.tiempos de conducción y descanso

En los supuestos de los puntos 1 y 2 mencionados, además de la multa económica, conlleva  la pérdida de la honorabilidad del gestor del transporte de la empresa infractora durante un plazo no superior a un año, salvo que se considere desproporcionada la sanción por el órgano competente.

Se entenderá desproporcionada si el infractor no ha sido sancionado por otra infracción muy grave en los 365 días anteriores a la comisión de esta infracción.

La pérdida de la honorabilidad lleva aparejada la suspensión de la tarjeta de transporte durante el mismo tiempo.

Cuáles son las infracciones graves ?

Infracciones graves ( art. 141.24 LOTT ):

  1. El exceso superior a sesenta horas en el tiempo máximo de conducción semanal o a cien horas en el bisemanal.
  2. El exceso superior a una hora en los tiempos máximos de conducción diaria.
  3. La conducción durante más de cinco horas, aunque sin rebasar las seis, sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas.
  4. La disminución del descanso diario normal, reducido o fraccionado en más de una hora.
  5. La disminución del descanso semanal normal en más de tres horas o del reducido en más de dos horas.

La sanción: multa de 401 euros a 600 euros .

Y las infracciones leves ?

Las Infracciones leves ( art. 142.17 LOTT ) son:

Todo exceso en los tiempos máximos de conducción, así como la disminución de los periodos de descanso, salvo que deba reputarse como infracción grave o muy grave.

La sanción: multa de 100 euros a 200 euros.

Quién es el responsable de la infracción ? Quién debe pagar las multas de transportes ?tiempos de conducción y descansos

La responsabilidad por la infracción en los tiempos máximos de conducción y descanso previstos en la legislación de transportes, corresponderá a la empresa  ( autónomo o sociedad ) que será quien debe abonar la multa.

En otra entrada explicamos las opciones existentes ante la notificación del inicio de un expediente por multas de transportes.

Tiene alguna responsabilidad el conductor por incumplir los tiempos de conducción y descanso ? 

Sí. Con independencia de  la LOTT, el Texto Refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos de motor  y Seguridad Vial sanciona  ” el exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre” con multa de 500 euros y  pérdida de 6 puntos. En este caso, el responsable es el conductor del vehículo, al cual le serán detraídos los 6 puntos de su permiso de conducir y además tendrá que pagar la multa de 500 euros.

La mejor opción ante la notificación de una multa de transportes es ponerse  en contacto con un experto en  la materia a fin de afrontar la misma de la manera más profesional, rápida, y eficiente. En ÉPICALEGIS ABOGADOS estamos especializados en la defensa de expedientes sancionadores en materia de tráfico y transportes y estaremos encantados de poder ayudarle y contar con su confianza. Contacte con nosotros a través del correo electrónico, explíquenos su caso, y le atenderemos a la mayor brevedad

Ventajas de ÉpicaLegis Abogados:

  • Respuesta inmediata.
  • Tramitación electrónica.
  • Experiencia de 20 años en la gestión de expedientes sancionadores de tráfico y transportes.
  • Excelentes resultados.
  • Profesionalidad, seriedad y eficacia.
  • Atención personalizada.
  • Servicio en toda España.
  • Posibilidad de cuotas mensuales, según flota de vehículos.epicalegis abogados

Multas

Impagos

Contacta con nosotros




    Puedes contactar con nosotros de lunes a viernes en horario de oficina.

    email

    info@epicalegis.es

    phone

    958 52 00 61