Los procedimientos sancionadores en materia de transportes por carretera deriva de la constatación de incumplimientos a la legislación en materia de transportes. Todas las infracciones de transportes se regulan a través de la Ley de Ordenación del Transporte ( LOTT ) y su Reglamento. Las infracciones de las normas reguladoras del transporte por carretera se clasifican en:
En principio, ante una resolución administrativa por la que se impone una multa de transportes (cuantía mucho más elevada que las de tráfico) también caben dos opciones: ingresar la cuantía con el pertinente descuento, o bien, formular alegaciones.
Toda resolución administrativa de incoación del expediente sancionador en materia de transportes que se nos confía en el despacho es objeto de un estudio previo en el que se analiza el contenido formal de la misma o la relación de hechos plasmada, por si pudiese haber algún error de hecho o derecho que hiciera cuestionar la obligación de abonar el importe resultante de la sanción, a fin de encauzar correctamente la actuación frente a la Administración.
Las fases de las que consta el procedimiento son las siguientes:
Este procedimiento se inicia de oficio por parte de la Administración.
La inspección y el control del cumplimiento de las normas reguladoras del transporte por carretera y de sus actividades complementarias y auxiliares, presta especial atención a:
Igualmente, es necesario destacar la reglamentación comunitaria sobre tiempos de conducción y descanso: el Reglamento CEE 3820/85 del Consejo relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera (hoy derogado) y el Reglamento CEE 3821/85 de Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera.
Con el paso del tiempo se ha considerado conveniente la introducción de nuevos equipos de control dotados de dispositivos de registro electrónico de la información pertinente y una tarjeta personal de conductor, con el objetivo de garantizar la disponibilidad, la claridad, la facilidad de lectura, la impresión y la fiabilidad de los datos registrados y que permitan establecer un registro indiscutible, por una parte, de las acciones realizadas por el conductor durante los últimos días y, por otra parte, de la actividad del vehículo a lo largo de varios meses.
Es necesario un conjunto de normas claras y sencillas que puedan ser comprendidas, interpretadas y aplicadas con mayor facilidad por el sector del transporte por carretera y por las autoridades encargadas de velar por su cumplimiento de forma uniforme en todos los Estados miembros.
Por ello, se han aprobado y publicado diversas disposiciones que han modificado el Reglamento CEE 3821/85 del Consejo relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera , estableciendo, entre otras cuestiones, las condiciones de fabricación, ensayo, instalación y control del tacógrafo digital , que es obligatorio desde enero de 2006.
En el mismo sentido, con fecha 11 de abril de 2006 se publicó el Reglamento (CE) 561/2006 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 15 de marzo de 2006 relativo a la armonización de determinadas disposiciones en materia social en el sector de los transportes por carretera por el que se deroga el Reglamento (CEE) nº 3820/85 del Consejo.
Ambos Reglamentos son de aplicación a todos los conductores que realicen algún tipo de transporte por carretera, ya sea público o privado, de mercancías o de viajeros, sean españoles o extranjeros, realicen el transporte por el interior de España o por el territorio de la Comunidad Europea, lleven el vehículo en carga o circulen en vacío, pero siempre y cuando el vehículo que conduzcan tenga un PMA superior a 3.5 Tm o en el caso de vehículos para viajeros, éstos tengan más de 9 plazas incluido el conductor.
La mejor opción ante la notificación de una multa de transportes es ponerse en contacto con un experto en la materia a fin de afrontar la misma de la manera más profesional, rápida, y eficiente. En ÉPICALEGIS ABOGADOS estamos especializados en la defensa de expedientes sancionadores en materia de tráfico y transportes y estaremos encantados de poder ayudarle y contar con su confianza. Contacte a través de nuestro correo electrónico y explíquenos su caso. Le atenderemos a la mayor brevedad.
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