Las multas por manipulación del tacógrafo analógico han sido muy frecuentes y numerosísimas. Hoy día, con la implantación del tacógrafo digital, las multas por manipulación del tacógrafo han descendido bastante.
El tacógrafo es un aparato de control y registro automático de datos destinado a ser instalado en vehículos dedicados al transporte por carretera con la finalidad de indicar, registrar y almacenar, automática o semiautomáticamente, datos referentes a la marcha de dichos vehículos y de determinados tiempos de trabajo de sus conductores.
¿Qué es una sanción por manipulación del tacógrafo?
La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y su Reglamento establecen como hecho sancionable la manipulación del tacógrafo o sus elementos, del limitador de velocidad u otros instrumentos o medios de control que exista la obligación de llevar instalados en el vehículo destinada a alterar su normal funcionamiento, así como la instalación de elementos mecánicos, electrónicos o de otra naturaleza destinados a alterar el correcto funcionamiento de los correspondientes instrumentos de control o modificar sus mediciones, aun cuando unos u otros no se encuentren en funcionamiento en el momento de realizarse la inspección.
¿Qué sanción puede implicar?
La responsabilidad por esta infracción corresponderá, en todo caso, al transportista que tenga instalado en su vehículo el aparato o instrumento manipulado y, asimismo, a aquellas personas que lo hubiesen manipulado o colaborado en su instalación o comercialización ( conductor y/o instalador ).
Cuando esta infracción sea detectada durante su comisión en carretera deberá ordenarse la inmediata inmovilización del vehículo hasta que se supriman los motivos determinantes de la infracción
Se trata de una falta muy grave con sanción desde 4.001 hasta 18.000 euros. En el post Multas relativas al tacógrafo en la LOTT , le informamos con detalle de todas las infracciones y multas relacionadas con el tacógrafo.
Cómo recurrir?
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