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tiempos máximos conducción

Tiempos máximos de conducción en la LOTT

20 octubre, 2016MultasNo hay comentariosÉpicalegis

Conducción continuada

El tiempo máximo de conducción continuada no será superior a 4 horas y media.

Conducción ininterrumpida

Tras un período de conducción de cuatro horas y media, el conductor hará una pausa ininterrumpida de al menos 45 minutos, a menos que tome un período de descanso.Podrá sustituirse dicha pausa por una pausa de al menos 15 minutos seguida de una pausa de al menos 30 minutos, ambas intercaladas en el período de conducción de 4 horas y media.

Conducción diaria

El tiempo máximo de conducción diario no puede exceder de 9 horas, salvo dos veces a la semana que puede llegar a las 10 horas.

Conducción semanal

El tiempo de conducción semanal no superará las 56 horas (se entenderá por semana el período de tiempo comprendido entre las 00.00 del lunes y las 24.00 del domingo).

Conducción bisemanal.

El tiempo de conducción en dos semanas consecutivas no puede exceder de 90 horas. Así, si en una semana se conduce durante 56 horas (máximo permitido), en la siguiente sólo podrá conducirse durante 34 horas, puesto ambas suman el máximo de 90 horas.

Hechos sancionables y responsabilidad

  • El exceso superior al 50 por ciento en los tiempos máximos de conducción o de conducción ininterrumpida es falta muy grave ( art.  140.37 LOTT ) Sancionada con multa de 1.001 a 2.000 €.
  • El exceso superior al 20 por ciento en los tiempos máximos de conducción o de conducción ininterrumpida, salvo que dicho exceso deba ser considerado infracción muy grave ( art. 141.24 LOTT ). Sancionada con multa de 401 a 600 €.
  • El exceso en los tiempos máximos de conducción o de la conducción ininterrumpida, salvo que deba ser considerado infracción grave o muy grave ( art. 142.17 LOTT )

Según la Ley de Transportes, por este concepto será responsable, y por tanto, se sancionará a la empresa ( sociedad o autónomo titular de la tarjeta de transporte) con la multa que corresponda según la infracción cometida.

Con independencia de  ello, el Texto Refundido de la Ley de Tráfico, Circulación de vehículos de motor  y Seguridad Vial sanciona  ” el exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre” con multa de 500 euros y  pérdida de 6 puntos. En este caso, el responsable es el conductor del vehículo.

El exceso de horas de conducción al volante es una de las infracciones más frecuentes cometidas por los conductores de camiones.

El exceso en los tiempos de conducción puede generar fatiga y distracciones, aumentando el riesgo de sufrir un accidente, de ahí que sea una infracción ampliamente recogida en la normativa sobre Seguridad vial y Transporte.

Etiquetas: conducción, tiempos máximos
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