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Última modificación legal del pick-up

7 agosto, 2018MultasNo hay comentariosÉpicalegis

El martes, 31 de julio, se ha publicado en el B.O.E. una modificación que afecta al vehículo pick-up.

Definición del vehículo pick-up

El pick-up es el vehículo cuya masa máxima no es superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único.

Los vehículos tipo pick-up se caracterizan, en su gran mayoría, por tener como principal particularidad que la parte destinada a la mercancía se encuentra separada de la cabina y normalmente a cielo abierto. Derivado de esta particularidad, y ante la ausencia de una clasificación propia en las definiciones del Reglamento General de Vehículos, los vehículos tipo pick-up se han clasificado hasta ahora como un vehículo tipo camión.

Sin embargo, en muchos casos la configuración, uso y prestaciones de un vehículo tipo pick-up se encuentran dentro del ámbito propio de las de un vehículo tipo turismo y no de las de un camión. Esta circunstancia trae consigo determinadas disfunciones derivadas de la aplicación directa a los vehículos tipo pick-up de las normas de circulación de los camiones.

Modificación legal

A la vista de lo anterior, se considera que a los vehículos tipo pick-up cuya masa máxima no sea superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único y cuya altura total no sea superior a 2 metros, se les deben aplicar las mismas normas de circulación que a los vehículos tipo turismo. Con el fin de facilitar su identificación y control, se les asigna el código numérico 17 en cuanto a su clasificación por criterios de construcción, para su anotación en el Registro de Vehículos.

Consecuencias

Como consecuencia de lo expuesto:

  • Se modifican los apartados A. «Definiciones» y B. «Clasificación por criterios de construcción» del anexo II del Reglamento General de Vehículos. En el apartado A se incluye la definición de vehículo pick-up y, en el apartado B, el código numérico 17 que se crea para la clasificación específica de los vehículos pick-up
  • Se les aplicarán las normas de circulación de los turismos.

Regulación legal

Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, por la que se modifica el Reglamento General de Vehículos. Publicada en el B.O.E. de 31 de julio de 2018.

Entrada en vigor

Esta modificación entra en vigor el 1 de agosto de 2018.

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Etiquetas: pick-up, transporte de mercancías, turismo, vehiculo
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